La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en adelante la FRA, en sus siglas en inglés) promociona los derechos fundamentales con datos e investigaciones, asesora y ayuda a las instituciones de la UE y a los Estados miembros, cuando apliquen el Derecho de la Unión, al mismo tiempo que favorece campañas
de comunicación y sensibilización. Desde su creación por el Reglamento (CE) no 168/2007 del Consejo (en adelante el Reglamento fundacional), la FRA aborda problemas muy diversos en sus informes, conclusiones, dictámenes y opiniones que afectan a los derechos de los niños, el antisemitismo, la no discriminación y la igualdad, la violencia de género, la situación de los gitanos, los delitos de odio, los derechos de los
migrantes o la inteligencia artificial, entre otros muchos. El nuevo Reglamento (UE) no 2022/555 del Consejo, incorpora las modificaciones propuestas por la Comisión Europea en 2020 con el objeto de mejorar la eficiencia, pertinencia y gobernanza dela FRA. La necesidad de acomodar el ámbito de competencias de la FRA al Derecho
de la Unión y de adaptar sus procedimientos a los estandarizados para el resto de las agencias de la UE fueron las razones que condujeron a introducir modificaciones técnico jurídicas específicas en el Reglamento fundacional. Mi propósito aquí es analizar si tales innovaciones son las requeridas para lograr un mecanismo eficaz y eficiente
con el fin de afrontar con agilidad y habilidad las nuevas demandas contemporáneas
en el ámbito de los derechos fundamentales.
Cómo citar/Citation
Gamarra, Y. (2022). Innovaciones del mandato de la agencia de los derechos fundamentales de la Unión Europea.
Revista de Derecho Comunitario Europeo, 73, 749-791.